La autora declara no tener conflicto de interés
Resumen: la introducción del consentimiento informado en Medicina ha constituido una revolución sin precedentes en la estructura tradicional de la relación clínica, un punto de inflexión en el reconocimiento del valor de la autonomía. El modelo de los derechos aporta la identificación del valor, su universalidad y la garantía de su reconocimiento. Pero dadas las características de esta relación –asimetría, vulnerabilidad-, y el poder tecnológico y sociológico que sigue asistiendo a los profesionales, el cambio está siendo muy lento y complejo. Se suma a ello la prevalencia de la perversión del modelo de consentimiento, el denominado“paternalismo con formulario”, tan extendido como lesivo. En el artículo se analiza la historia de la relación clínica, sus diversos modelos y los datos empíricos que existen sobre el consentimiento en el ámbito clínico. Se concluye afirmando que el modelo de los derechos ya ha cumplido su función, y esbozando una propuesta: si el consentimiento quiere realizarse en la praxis clínica deberá ser complementado con el modelo de las capacidades, y superar el vínculo lógico-argumentativo habermasiano para adoptar un vínculo
comunicativo que haga efectivo el desarrollo de las capacidades de los pacientes.
Palabras clave: autonomía; capacidades; consentimiento informado; derechos humanos; ética del discurso; modelos de relación clínica; rechazo de tratamiento; reconocimiento recíproco.
Abstract: the introduction of the informed medical consent has been a revolution without precedent in the traditional structure of the clinical relationship, a turning point in the recognition of the value of autonomy. The rights model provides the identification of value, its universality and the guarantee of its recognition. But given the characteristics of this relationship — asymmetry, vulnerability-, and the technological and sociological power that still attending professionals, the change is very slow and complex. This includes the prevalence of perversion of the model of consent, known as “paternalism with form”, so widespread as harmful. The article discusses the history of the clinical relationship, their different models and empirical data that exist on consent in a clinical context. It concludes by affirming that the model of rights has already fulfilled its function, and outlining a proposal: If the consent you want to be done in the clinical practice must be complemented to perform in practice with the capabilities approach, and overcome the Habermasian logic-argumentative bond to adopt a communicative bond that makes effective the development of capabilities of the patients.